martes, 22 de octubre de 2013

QUE DICE EL CTE DEL LIBRO DEL EDIFICIO

Que dice el CTE (código técnico de la edificación)

Artículo 8. Condiciones del edificio
8.1. Documentación de la obra ejecutada
1. El contenido del Libro del Edificio establecido en la LOE y por las Administraciones Públicas competentes, se completará con lo que se establezca, en su caso, en los DB para el cumplimiento de las exigencias básicas del CTE.
2. Se incluirá en el Libro del Edificio la documentación indicada en el artículo 7.2 de los productos equipos y sistemas que se incorporen a la obra.
3. Contendrá, asimismo, las instrucciones de uso y mantenimiento del edificio terminado de conformidad con lo establecido en este CTE y demás normativa aplicable, incluyendo un plan de mantenimiento del edificio con la planificación de las operaciones programadas para el mantenimiento del edificio y de sus instalaciones.
8.2. Uso y conservación del edificio
1. El edificio y sus instalaciones se utilizarán adecuadamente de conformidad con las instrucciones de uso, absteniéndose de hacer un uso incompatible con el previsto. Los propietarios y los usuarios pondrán en conocimiento de los responsables del mantenimiento cualquier anomalía que se observe en el funcionamiento normal del edificio.
2. El edificio debe conservarse en buen estado mediante un adecuado mantenimiento. Esto supondrá la realización de las siguientes acciones:
a) llevar a cabo el plan de mantenimiento del edificio, encargando a técnico competente las operaciones programadas para el mantenimiento del mismo y de sus instalaciones;
b) realizar las inspecciones reglamentariamente establecidas y conservar su correspondiente documentación; y
c) documentar a lo largo de la vida útil del edificio todas las intervenciones, ya sean de reparación, reforma o rehabilitación realizadas sobre el mismo, consignándolas en el Libro del Edificio.
Mantenimiento previsto:
Mantenimiento que, para cada edificio, consiste en el cumplimiento de las Instrucciones de uso y mantenimiento contenidas en el Libro del Edificio.
Usuario:
Es el agente que, mediante cualquier título, goza del derecho de uso del edificio de forma continuada. Está obligado a la utilización adecuada del mismo de conformidad con las instrucciones de uso y mantenimiento contenidas en el Libro del Edificio.

Documentos que lo integran normalmente

El Libro del Edificio estará formado por:
  • El proyecto: los documentos (memoria, planos, presupuesto, pliegos de condiciones) mediante los que se definen y determinan las exigencias técnicas de las obras. Se incluirán las modificaciones debidamente aprobadas.
  • El acta de recepción de la obra: este documento estará firmado por el promotor y el constructor. Incluirá las garantías que, en su caso, se exijan al constructor para asegurar sus responsabilidades.
  • La relación de los agentes participantes: se identificarán los agentes que hayan intervenido durante el proceso de edificación.
  • Las instrucciones de uso y mantenimiento: Se documentarán las instrucciones de uso y mantenimiento del edificio y sus instalaciones, de acuerdo con la normativa que le sea de aplicación.
  •  La documentación que se vaya generando durante el periodo de uso y conservación del edificio.
ž

Requisito para obtener mis escrituras y poder registrar mi vivienda

 ¿Desde cuándo es obligatoria la existencia del Libro del Edificio?
Desde el 6 de mayo de 2000, fecha de entrada en vigor del art. 7 de la Ley 38/1999 de Ordenación de la Edificación, si bien se atiende a la fecha de solicitud de la licencia de obra (disposición transitoria primera y disposición final cuarta).
¿Desde cuándo es obligatoria la acreditación del Libro del Edificio para la inscripción de la terminación de la obra?
 

 Para viviendas en uso recomendamos

 No es obligatorio, pero si muy recomendable, es evidente que no podría contener todos los documentos que el libro del edificio de exige la legislación actual. Nunca es tarde para  organizar y reagrupar información y documentos que tenemos dispersos por la casa…
  • Documentos Administrativos, licencias, contratos de suministro, recibos de contribución, modificaciones catastrales, escrituras…
  • Documentos Técnicos, descripción constructiva, proyecto si lo hay, proyecto de reforma, planos sueltos,…
  • Documentación de Reformas, Reparaciones, y mantenimiento. Registro de incidencias e intervenciones.
  • Plan de mantenimiento, con un presupuesto. Instrucciones particulares de uso, de conservación y mantenimiento. Reflejadas en un presupuesto anual.

Técnico de Cabecera: PLAN DE MANTENIMIENTO ESPECÍFICO preventivo

  Interesante destacar que El libro del edificio no debe ser un mero trámite, sino una herramienta activa durante la vida útil de nuestra vivienda, ayudándonos a revalorizar nuestro inmueble y a vivir de forma más tranquila y confortable.
ž
    • Nos ayuda a conocer mejor nuestro hogar y saber el uso más adecuado para cada habitación.
    • ž Es clave en la reclamación de daños por defectos de construcción por vía judicial.
    • ž Tenemos a la mano, los agentes que han intervenido en el proceso de construcción de mi vivienda, para consultar cualquier duda.
    • ž Debe contener unas instrucciones para el uso, conservación y mantenimiento adaptadas a nuestra  vivienda.
    • ž Un plan de mantenimiento preventivo, que venga respaldado por un presupuesto anual. Y revisable, por un técnico de especialista (técnico de Cabecera).
ž

El Técnico de Cabecera experto en Mantenimiento de Edificios

Complementando la labor del actual administrador de fincas o del propietario. Desarrolla las siguientes funciones:
ž
  • ž   Las inspecciones preventivas contempladas en el plan de mantenimiento.
  • ž   Dejar registradas  en el registrando incidencias, nuevas recomendaciones, anomalías y dar cuenta al propietario o administrador de fincas.
  • ž   Proponer instrucciones para la mejora de la habitabilidad, estabilidad y confort del inmueble. Mejora continua.
ž
Como conclusión recomendamos tomar conciencia de este documento y  utilizarlo apostando así por  la cultura del mantenimiento. Conseguiremos ahorrarnos a largo plazo el tener que acometer una gran obra de rehabilitación. Por otro lado estamos revalorizando nuestra vivienda y aumentando su vida útil.
Quiero animaros a todos a impulsar la redacción, desarrollo, seguimiento y uso de este documento, herramienta clave, para el buen uso, mantenimiento y conservación de nuestra vivienda.
Además, si tu vivienda tiene que pasar la Inspección Técnica  obligatoria aprovecha para contratarlo a un técnico.
 
Extracto por: Aguimar Estudio

No hay comentarios:

Publicar un comentario